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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Juez Unipersonal  XIV
 Caracas, 30 de Junio de 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-S-2010-005238
 Vista la solicitud de separarse del hogar presentada por el ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ URBAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.916.777, debidamente asistida por el Abogado EDUARDO SALAZAR DAO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.652; la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, sin perjuicios de terceros y sin prejuzgar el dicho de los testigos promovidos concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, al ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ URBAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.916.777, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “e” parágrafo cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copia de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código De Procesamiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y ASÍ SE DECIDE.
 LA JUEZA
 
 
 ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
 EL SECRETARIO
 
 
 ABG.  CARLOS ANDRES FONSECA
 
 
 AP51-S-2010-005238
 YLV/CAF/MARJORIE
 
 
 
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