REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diez (10) de junio de dos mil nueve (2009).


200° y 151°

Vista la diligencia estampada por el abogado en ejercicio de este domicilio RUBEN CARRILLO ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 38.842, actuando en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES INAQUA C.A., en fecha 09 de junio de 2010, mediante la cual expone que en razón del cumplimiento de la obligación pautada con la parte actora por ante este Despacho en fecha 09 de abril de 2010, solicita se tenga por terminado el presente recurso y se ordene el archivo del mismo; siendo ello así, yl después de haberse examinado el escrito presentado por las partes y que corre inserto al folio 269, mediante el cual convienen en todo lo relativo a la ejecución de la sentencia dictada en fecha 09 de marzo de 2010, así como los documentos insertos a los folios Nos. 272 al 275, este Tribunal le imparte la homologación al convenimiento efectuado por ambas partes, por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente y su posterior remisión a la Oficina respectiva mediante oficio.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,





Exp. No. 006586
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