REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, dieciséis (16) de junio de dos mil diez (2010).
200º y 151º
Vista la diligencia de fecha 01 de junio de 2010, estampada por la abogada en ejercicio LUZ ANGELA CHACÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.403, procediendo con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil ANDITUY, C.A., mediante la cual desistió del procedimiento a que se contraen estos autos. Este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.
Remítase el presente expediente, bajo Oficio a la Oficina de Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
Exp. Nro. 006667
NEYER
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