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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, nueve de junio de dos mil diez
 200º y 151º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002469
 PARTE ACTORA: ANA DUVRASKA VELASQUEZ RIOBUENO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
 PARTE DEMANDADA: BANCO DEL TESORO, BANCO UNIVERSAL, C.A
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA VALENTINA PULGAR
 MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS
 
 ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
 En el día hábil de hoy nueve (09) de junio de dos mil diez (2010), siendo las 08:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal, la ciudadana  MARIA VALENTINA PULGAR, abogada inscrita en el IPSA N° 98.962, representación que se evidencia de documento poder que en original presenta la vista del juez y consigna copia, la cual una vez confrontada con su ejemplar original, la misma es agregada a los autos en este acto.  el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana ANA  DUVRASKA VELASQUEZ RIOBUENO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
 EL JUEZ
 ABG. DANILO SERRANO
 
 APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
 
 LA SECRETARIA
 ABG. LUISANA OJEDA
 
 AP21-L-2010-000246
 DS/LR
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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