REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 18 de Junio de 2010
Año 200° y 151°


ASUNTO N°: AP21-L-2010-000225

Vista la transacción presentada en fecha 11 de Junio de 2010, suscrita por la parte actora, ciudadanos CHERRY GONZALEZ, MARCOS ANTONIO REYES GARCIA, VICENTE FERNANDO AZNAREZ, ELEMILETH GARCIA PEREZ, LUIS ALBERTO LIENDO, RAFAEL RAMON VALERA, RAMON BLANCO ZAVALA, ANTONI ROMERO ABREU y VICENTE ZERPA, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.675.141, 5.905.088, 3.398.272, 8.372.508, 6.196.109, 9.157.203, 7.472.413, 11.550.053 y 9.069.017, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado EDGARD VELASQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 88.838, por una parte y por la otra la Sociedad Mercantil COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. anteriormente PANAMCO DE VENEZUELA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundote la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Capital) y Estado Miranda, en fecha 02 de septiembre de 1996, bajo el Nº 51, Tomo 462-A-Sgdo, representada por la abogada MARIA CAROLINA SEIJAS SEQUERA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 84.455, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de UN MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.800,00), para cada uno de los trabajadores, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO

CARLOS MORENO