REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 02 de Junio de 2010
Año 200° y 151°


ASUNTO N°: AP21-S-2010-000562

Vista la transacción presentada en fecha 01 de Junio de 2010, suscrita por el Oferido, ciudadano JEFFERSON VALERA, titular de la cédula de identidad Nº 18.751.748, debidamente asistido por el abogado RAMON CHACIN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.366, por una parte y por la otra las Sociedades Mercantiles ADMINISTRADORA YAMIN GOURMET, C.A. e INVERSIONES IL MULINAZZO 59, C.A., representada por el abogado JESUS ANTONIO LEOPOLDO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 97.802, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (Bs.7.000,00), este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA

MIGDALIA MONTILLA