REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas
Barquisimeto, 04 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-Q-2009-00005

Corresponde a este Tribunal pronunciarse respecto a la solicitud realizada por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público, a través de oficio Nro. LAR-F04-4324, de fecha 09-04-2010, por el cual acusa recibo de la comunicación Nro. 406 de fecha 21-01-2010 remitido a la Fiscalia Superior de esta entidad, mediante le cual solicita la designación de un Fiscal para dar inicio a la investigación relativa a la querella seguida al ciudadano FREDY RAFAEL LÒPEZ HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO en perjuicio de la ciudadana DIGNA YAMILET TORRES PIÑA.
Informa la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público, que la querella fue distribuida a esa Representación Fiscal, con el Nro. 13-F04-0220-10 solicitando en tal sentido, se le remita copia certificada de la mencionada querella, a los fines de iniciar la respectiva investigación.
En tal sentido, correspondiéndole previo abocamiento a esta Juzgadora el conocimiento del presente asunto, y vista la petición del Ministerio Público, es por lo que, se resuelve ACORDAR LA EXPEDICIÒN DE COPIA CERTIFICADA DE LA QUERELLA Y DEL AUTO DE ADMISIÒN.


DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se resuelve ACORDAR LA EXPEDICIÒN DE COPIA CERTIFICADA DE LA QUERELLA Y DEL AUTO DE ADMISIÒN. Regístrese. Notifíquese a las partes. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto a los cuatro (04) días del mes de Junio del año 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.

LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 1
ABG. DORELYS BARRERA

LA SECRETARIA