REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Valencia, 11 de junio de 2010
Años 200º y 151º
ASUNTO: GP01-S-2010-000082
JUEZ: ABG. NANCY GODOY
FISCALÍA 31º DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: LUIS RAFAEL GAINSE HENRIQUEZ.
DELITO: VIOLENCIA PSICOLÓGICA y VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los Artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
DEFENSA: Abg. Florimar Aranguren
VICTIMA: OLIVIA JOSEFINA HENRÍQUEZ
DECISIÓN: SOLICITUD IMPROCEDENTE
Por recibido solicitud de sobreseimiento, en fecha 12 de Mayo del 2010, presentada por la Fiscalía 30º del Ministerio Público del Estado Carabobo, en la causa seguida al ciudadano LUIS RAFAEL GAINSE HENRÍQUEZ.
Visto el escrito presentado por la Abg. Florimar Aranguren, en la presente causa, recibido en fecha 09-06-2.010, mediante el cual solicita que este Tribunal declare la omisión fiscal de acuerdo con lo previsto en el artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ya que el Ministerio Público no ha presentado el correspondiente acto conclusivo.
Vista y revisada exhaustivamente la presente causa, esta Juzgadora observa que la vindicta pública en fecha 12 de mayo del año 2010 presentó escrito de Sobreseimiento, en relación a la causa seguida al ciudadano LUIS RAFAEL GAINSE HENRÍQUEZ, como consta en el Sistema Juris llevado por este Circuito Judicial Penal. Si bien es cierto que el Art. 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, indica que el lapso para la investigación es de cuatro meses, en el presente caso la Vindicta Pública presentó solicitud de Sobreseimiento, siendo éstos uno de los actos conclusivos a que hace referencia la Ley Especial y el Código Orgánico Procesal Penal, quien aquí decide estima que lo ajustado a derecho es DECLARAR IMPROCEDENTE dicha solicitud. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud realizada por la defensa del ciudadano LUIS RAFAEL GAINSE HENRÍQUEZ, en virtud de que la vindicta publica presento el correspondiente acto conclusivo. Se Fija Audiencia de Sobreseimiento para el día 14-10-2.010 a las 9:10 am. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Diarícese, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. CÚMPLASE.
Abg. Nancy Godoy
Jueza Segunda de Primera Instancia
en Función de Control Audiencia y Medidas
Abg. Yumirna Marcano
La Secretaria
ASUNTO: GP01-S-2010-000082
Hora de Emisión: 2:01 PM