REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Valencia, 11 de junio de 2010
Años 200º y 151º
ASUNTO: GP01-S-2010-000576
JUEZ: ABG. NANCY GODOY
Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público
IMPUTADO: FRANKLIN EVARISTO MORALES HERRERA
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
DEFENSA: Abg. Juana Camacho
MOTIVO: REVISIÓN DE MEDIDA
Por recibido Solicitud de Revisión de Medida suscrito por la Abg. Juana Camacho, defensa del ciudadano FRANKLIN EVARISTO MORALES HERRERA, donde informa que dicho ciudadano no ha podido consignar hasta el momento los requisitos exigidos por el Tribunal en relación a la Medida Cautelar impuesta en fecha 01-06-10, ya que son personas de escasos recursos económicos, que no tienen personas a su alrededor de confianza que se comprometan a ser fiadores.
Este Tribunal pasa a decidir de la siguiente manera:
El imputado FRANKLIN EVARISTO MORALES HERRERA, fue presentado por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en fecha 01-06-2.010 le fue decretada por este Tribunal Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 92, ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es decir, la presentación de dos (02) fiadores que devenguen la cantidad de 30 UT cada uno, entre otras medidas.
Analizadas y revisadas las actuaciones, visto que a los folios 40 al 43 la defensa consignó los recaudos del ciudadano Ivan José Herrera, para que sirva como fiador del imputado de autos y visto que este cumple con los requisitos, esta Juzgadora estima que la medida impuesta puede ser modificada, y en consecuencia MODIFICA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD dictada en la Audiencia de Presentación de Imputado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92, ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es decir, la presentación de UN (01) fiador que devenguen la cantidad de 30 UT. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISIÓN
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley MODIFICA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD impuesta al ciudadano FRANKLIN EVARISTO MORALES HERRERA, antes identificado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se modifica la medida impuesta al imputado de autos, es decir, la contenida en el articulo 92 ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.
Abg. Nancy Godoy
Jueza Segundo de Primera Instancia
En Funciones de Control Audiencia y Medidas
Abg. Yumirna Marcano
La Secretaria
ASUNTO: GP01-S-2010-000576
Hora de Emisión: 11:47 AM