REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 22 de Junio del 2010
Años 200° y 151°
ASUNTO KP01-P- 2010-003656
“ NO ADMISIBILIDAD DE QUERELLA”
Corresponde a este, Tribunal de Primera Instancia en funciones Quinto de Control de la circunscripción Judicial del Estado Lara, pasar a pronunciarse, en cuanto a interposición de QUERELLA, realizada por el ciudadano JULIO JASPE, quien actuó como apoderado judicial de la empresa CONTRURIEGO, C.A., en contra de los ciudadanos NAIDA VIZCAYA, MARÍA CASTILLO, NAUDY RAMOS, RODOLFO GIMENEZ, FELIPE SEQUERA, y JORGE CASTILLO.
Ahora bien al analizar, el escrito de querella observa esta juzgadora, que el mismo no cumple con las formalidades esenciales para interponer una Querella como lo es la edad del querellante y del querellado, el parentesco del querellante con el querellado, estado, profesión, domicilio o residencia. Motivo por el cual no se admite la presente querella y de conformidad con el artículo 296 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena para que la subsane en un plazo de tres días a partir que conste su notificación. Así se decide.
Notifíquese, líbrense Boletas de Notificación a las partes. Cúmplase.-
JUEZ QUINTO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO (A)