REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: KP01-P-2002-000117
Por cuanto se evidencia que el ciudadano FENANDO PASTOR GIL BARCO , Titular de la Cédula de Identidad N° 15.817.800, quien fue condenado por el Tribunal de Juicio Nº 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 11/04/2002 a cumplir la pena de OCHO AÑOS (08) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, y en fecha 30 de Abril del 2003 este Tribunal de Ejecución le concedió el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el tiempo de Pena que le quedaba por cumplir que sería: SEIS (01)AÑOS , OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS que finalizó el 07-04-2010.
Ahora bien, como se evidencia en oficio N° 3847, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario que el referido Penado “cumplió bajo una EVOLUCIÓN FAVORABLE, el Régimen de Prueba impuesto, concluyendo el mismo en fecha 07-04-2010.” y dado que transcurrió en exceso el lapso de la Pena, se declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por cumplimiento de la condena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal. Así se decide.-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 2, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal, por el cumplimiento de la condena al Penado FENANDO PASTOR GIL BARCO, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.817.800. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Acusado. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad Plena. Se ordena el archivo de las actuaciones. Cúmplase.-
EL JUEZ DE EJECUCION No. 2
ABG. CARLOS OTILIO PORTELES TORRES
El Secretario