REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-F-2008-001412

Revisadas las actas procesales, este Juzgador observa: Consta en el Expediente: KP02-F-2008-001412, FILIACION, intentado por el ciudadano AEXIS DURAN, venezolano, mayor de edad, asistido en este acto por la abogado NELIDA ESCOBAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.667,. en auto de fecha 21-01-2009, este tribunal a la parte solicitante a reformar el libelo de la demanda por cuento el procedimiento a seguir es de INSERCION DE PARTIDA

En la presente causa, es evidente que la parte solicitante, ha demostrado que no presenta interés alguno para que la misma prosiga su curso normal, pues no ha desplegado actividad, para demostrar su interés en el proceso, proceso que el mismo interpuso. Por ello, para este Juzgado la actitud desplegada por el solicitante: AEXIS DURAN, no puede ser considerada de otra forma sino PERDIDA DEL INTERES, lo cual lo ha llevado a mantener la causa sin actividad procesal alguna que lleve a demostrarle a este Juzgado, la relevancia que implica ir a la vía judicial para obtener la declaratoria del derecho o el reconocimiento o constitución de la situación jurídica.
Por toda esta situación, este despacho acogiéndose a la Sentencia del Exp. Nº 00-1491, Nº 956, en Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a declarar el DECAIMIENTO DE LA INSTANCIA en el presente asunto. Se ordena la Notificación de las partes.
Publíquese y Regístrese.

La Juez.,

Abg. Eunice B. Camacho M. La Secretaria.


Abg. Bianca Escalona
EBCM/BE/a.c.