REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-S-2006-019293

Visto el DESISTIMIENTO, presentado por GLORIA JULIA SALAZAR DE CONTRRAS y EZEQUIEL CONTRERAS CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.075.544, asistidos por los bogados YANEY MARQUINA JIMENEZ y ESMERALDA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, inscrito en el inpreabogdo Nros 61.611 y 102.100, en el presente juicio por DIVORCIO (SEPARACION DE CUERPOS). El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad. Devuélvanse documentos originales dejándose en su defecto copias certificadas de los mismos una vez sean consignados los fotostatos.
La Juez., La Secretaria.

Abg. Eunice B. Camacho M. Abg. Bianca Escalona

EBCM/BE/a.c La Suscrita Secretaria certifica la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel de su original. Fecha up supra.

La Secretaria.


Abg. BIANCA ESCALONA.