REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-S-2009-000467


En fecha 19/01/2009 el ciudadano EDWARD HUMBERTO CARREÑO ANDUEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.466.082, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada DAIMARYS A. TORRES, de Inpreabogado N°. 90.316, presentó escrito en el cual solicita la rectificación de su Acta de Nacimiento, en el sentido de que aparece por error el nombre de su madre como EUDOSIA ANDUEZA, siendo lo correcto MARIA EUDOCIA ANDUEZA LANDAETA. En fecha 16/02/2009 se admitió la solicitud sumariamente, ordenó notificar al Ministerio Público, solicitar datos filiatorios del solicitante y la publicación de un edicto. En fecha 06/03/2009 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. En fecha 15/0/2009 fue recibido oficio de la Oni-dex. En fecha 26/05/2010 fue consignado edicto publicado en el Diario El Informador. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados copia certificada del acta de nacimiento del solicitante, acta de defunción de MARIA EUDOCIA ANDUEZA LANDAETA, los datos filiatorios del solicitante emanados de la Oficina Onidex Barquisimeto I, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano EDWARD HUMBERTO CARREÑO ANDUEZA. En consecuencia, se ORDENA al Prefecto Civil del Municipio Morán del Estado Lara y Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento asentada bajo el Nro. 740, folio 438 fte del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1964, en el sentido que aparezca el nombre de la madre como MARIA EUDOCIA ANDUEZA LANDAETA.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto al día uno del mes de junio de dos mil diez. Años: 200° y 151°.
La Juez


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria


Eliana Gisela Hernández Silva

MJP/maria elisa