REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-S-2008-016419
La suscrita Juez titular Mariluz Josefina Pérez, se avoca al conocimiento de la presente causa. Vista la solicitud presentada por la ciudadana ELVIA MARINA MARTINEZ HERNANDEZ , venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 16.322.533, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas mejoras que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Hugo Chavez entre carreras Sucre y Rafael Urdaneta en la parte alta del Jayo, Parroquia el Cuji, Municipio Iribarren Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que tiene un área de (11m de largo x 21m de ancho) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la señora Milicar Álvarez SUR: Con la calle Hugo Chávez, ESTE: Con el señor Mario Sánchez, OESTE Con la señora Olga Bocourt. Dichas bienhechurias constituidas por un rancho de zinc, con alambre de púas y palos. El valor invertido es la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 3.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JANNETE VASQUEZ Y JOSE RAFAEL ESCOBAR, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana ELVIA MARINA MARTINEZ HERNANDEZ, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
EL SECRETARIO ACC
GUSTAVO EMILIO POSADA
MJP/Carlos
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