República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En horas de despacho del día de hoy Veintiocho (28) de Junio del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:25 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada: Lucia D’Angelo y la Secretaria: Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un local comercial, distinguido con el N° PB-13, ubicado en la Planta Baja del Centro Comercial BIARRITZ de la Avenida Valencia de Naguanagua, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, en compañía de la abogada RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.867, apoderada Judicial de la parte actora ciudadano: EDUARDO JOSE MUJICA ALVAREZ, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el cual ordeno entrega material, con motivo del juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificada contra la Sociedad de Comercio INVERSIONES DE SEGURIDAD C.A. representada por su Presidente ciudadano: ALBERTO RAFAEL FLORES. A continuación interviene la apoderada actora y expone: “Solicito al tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solicito designe de ser necesario a la depositaria Judicial Carabobo, Perito Avaluador y cerrajero”. El Tribunal deja constancia que notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: FABIOLA ANDREINA PEREIRA TRAVIEZO, titular de la cedula de identidad N° V 17.282.754, quien se desempeña como enfermera en el local N° PB-12, ubicado al lado del inmueble objeto de juicio, dichos locales se comunican internamente, la misma solicita un lapso de treinta minutos para ubicar al demandado. Se deja constancia que siendo las 11:00 A.M., se presenta el demandado ALBERTO RAFAEL FLORES SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V 4.615.265, Presidente de la Sociedad de Comercio INVERSIONES DE SEGURIDAD C.A., el Tribunal lo notifica de la misión a cumplir y éste voluntariamente procede a retirar los bienes muebles de su propiedad los cuales son trasladados bajo su cuenta y riesgo. Acto seguido este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace entrega material del inmueble ya identificado en la presente acta, a la apoderada actora abogada RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, quien expone: “Recibo para mi representado el inmueble objeto de juicio desocupado de bienes muebles y personas, en buenas condiciones en general.” Igualmente el Tribunal deja constancia que cuenta con la presencia de dos funcionarios adscritos a la Policía del Estado Carabobo al Mando de la Cabo Primero CARMEN ESQUEDA, placa: 2422. Asimismo se hace constar que en la presente práctica no se presentaron hechos de violencia y en todo momento se respetaron los derechos constitucionales de todos los presentes en la misma. Igualmente el Tribunal deja constancia que el acta fue levantada en una computadora LAPTO, LENOVO CORE T2330, serial N° L3-BD979 y se utilizo una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. Este tribunal considera cumplida su misión acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez titular
(Firma Ilegible)
Abg. Lucia D’Angelo
La Apoderada Actora
(Firma Ilegible)
Los notificados
(Firma Ilegible)
Custodia Policial
(Firma Ilegible)
La Secretaria
(Firma Ilegible)
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