REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BEJUMA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Bejuma; 21 de Junio de 2010
AÑOS: 200° Y 151°

Parte Solicitante: DANNY RAFAEL GONZALEZ RIVAS
Motivo: SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
Materia: CIVIL

Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PEREMIDA la Instancia. Déjese transcurrir el lapso de Ley y de no producirse recurso alguno, désele salida y archívese.-
La Jueza Provisoria,

Abg. OBDULIA RAMOS
La Secretaria.,

Abg. MIRIAM MAURERA DAVID
Exp. N° 1.082-2009
Materia: Civil