REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE;
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBÁN DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Montalbán, 18 de Junio del 2.010
200º y 151º
Vistas las declaraciones de los Testigos, JOSE LUIS OCHOA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.454.912, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el sector Francisco de Miranda en calle Lara del Municipio Montalbán del Estado Carabobo y JOSE GABRIEL SANCHEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 17.494.712, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en las Mercedes del Municipio Montalbán del Estado Carabobo y siendo suficientes las probanzas evacuadas, éste Tribunal del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con la Resolución emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Nro. 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nro. 39.152, de fecha 02 de Abril de 2.009, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE DECLARAR: Suficiente las diligencia promovidas y evacuadas a fin de otorgar TITULO SUPLETORIO al ciudadano LUIS JOSE SANCHEZ TORTOLERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.881.769; sobre unas bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su propiedad como se evidencia en documento debidamente Registrado ante el Registro Publico de Municipio Montalbán del Estado Carabobo, signado con el numero 14, folios 84 A 87, Pto: 1°, Tomo 5 del año 2007, ubicado en el sector centro, calle Andrés Bello, cruce con Avenida Comercio, Municipio Montalbán de ésta Circunscripción Judicial, dicho lote de terreno posee una superficie aproximada de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (373,47 Mts2) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: En Treinta y Un metros lineales con sesenta centímetros lineales (31,70 ML) SUR: En Treinta y Un meros lineales con sesenta centímetros lineales (31,60 ML) con casa y solar de Euclides Ruido, pared construida con bloques de cemento en medio, ESTE: En Once metros lineales con Noventa centímetros lineales (11,90 ML), con casa y solar de Carolina Zarichta, Avenida Comercio en medio. OESTE: En Once metros lineales con setenta centímetros lineales (11,70 ML) con casa y solar de Mario Moreno, pared construida con bloques de cemento en medio. Que consiste en una CASA de habitación cuyas dependencias, especificaciones, características y cuyos ambientes están distribuidos y construidos así: Paredes de bloques, techo de acerolit, piso y friso de cemento, frisos asentados con mezclilla en los ambiente interiores y acabados a esponja en el Exterior, ventanas y puertas de madera, con todas las instalaciones y accesorios sanitarios, tanto de aguas negras como de aguas blancas y servicios, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 895 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros.-
EL JUEZ PROVISORIO.

Abg. JOSE LUIS AROCHA COLMENAREZ
EL SECRETARIO,


Abg. ERIC NUÑEZ GARCIA

En la misma fecha se devuelve constante de ( ) folios útiles.-

EL SECRETARIO,


Abg. ERIC NUÑEZ GARCIA