REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBAN DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Montalbán, 21 de Junio de 2.010
200º y 151º
Vistas las declaraciones de los Testigos, EMILIO JOSE OJEDA OJEDA, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.965.621, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión Obrero, domiciliado en la Calle Santa Eduvigis, casa sin numero del Sector El Cafetal, Municipio Montalbán del Estado Carabobo y MIGDALIA JOSEFINA OYALVE, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.438.213, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión Aseadora, domiciliada en la Avenida las Mercedes, casa sin numero, del Sector Las Mercedes Municipio Montalbán del Estado Carabobo y siendo suficientes las probanzas evacuadas, éste Tribunal del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con la Resolución emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Nro. 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nro. 39.152, de fecha 02 de Abril de 2.009, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE DECLARAR: Suficiente las diligencia promovidas y evacuadas a fin de otorgar TITULO SUPLETORIO al ciudadano ROMERO RAFAEL ANDRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.574.725 y de éste domicilio; sobre unas bienhechurias construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Montalbán del Estado Carabobo, ubicado en el Sector Francisco de Miranda, calle Cementerio entre Avenida Cementerio y Avenida Miranda del Municipio Montalbán de ésta Circunscripción Judicial, dicho lote de terreno posee una superficie aproximada de DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS (203,00 Mts2) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: En Siete metros lineales (7,00 ML), con calle Cementerio que es su frente. SUR: En Siete metros lineales (7,00 ML) con solar y bienhechurias (construcción) de Luis Alberto Tejada, cerca en medio. ESTE: En Veintinueve metros lineales (29,00 M.L.) con solar y bienhechirias (galpón) de Cecilia Sánchez y Claudia Sánchez cerca de Alfajol en medio. OESTE: En Veintinueve metros lineales (29,00 M.L.), con casa y solar de la Sucesión de carmen Romero. Que consiste en una CASA de habitación cuyos ambientes están distribuidos así: Cuatro (4) habitaciones con piso de concreto pulido, Una (1) Cocina, Un (1) Comedor, piso de concreto pulido, Dos (2) Baños, Una (1) Sala, Un (1) Lavandero, construido dicho inmueble de paredes de adobes, equipado totalmente dicho inmueble con todas las instalaciones para electricidad, aguas blanca y negras, así como todos sus servicios. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 895 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros.-
El Juez Provisorio,
Abg. JOSE LUIS AROCHA COLMENAREZ
EL SECRETARIO,
ERIC NUÑEZ GARCIA.
En la misma fecha se devuelve constante de (09) folios útiles.-
EL SECRETARIO.
Abg. ERIC NUÑEZ GARCÍA.
JLAC/lvvz.
Sol. 154-10
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