REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, cuatro de junio de dos mil diez
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-002325
PARTE ACTORA: GLEN CASTRO VILLALOBOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: --------------------------------------
PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L. y SNACKS AMERICA LATINA VENEZUELA, S.R.L.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: CARLOS PIMENTEL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Cuatro ( 4 ) de Junio del 2010, siendo las 11:30 a.m., del día y hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través del abogado CARLOS PIMENTEL, titular de la Cédula de Identidad Nros. 17.273.830, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandada COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L. y SNACKS AMERICA LATINA VENEZUELA, S.R.L., según consta en poder el cual corre agregado al expediente al folio 39. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 200 ° y 151 °. Seguidamente el Juez hace entrega al apoderado de la parte demandada, del escrito de Pruebas y anexos, se ordena agregar al expediente las pruebas de la parte actora.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANNE MUGUESSA
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