REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA
CARACAS, NUEVE (09) DE MARZO DE 2010
199° Y 151°
En fecha 13 de marzo de 1992, se recibió en la Secretaría de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, Oficio Nº 25.081-92 de fecha 24 de febrero de 1992, proveniente del Tribunal de Carrera Administrativa, anexo al cual remitió copias certificadas del expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana MIRIAN GARCÍA PULIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.097.103, asistida por los Abogados José Peña Solis y Luis Martínez Hernández, contra el acto notificado en fecha 23 de abril de 1991 dictado por la UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR.
Dicha remisión se efectuó en virtud de haberse oído en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de enero de 1992, por la Abogada Rosa María Domínguez, titular de la Cédula de Identidad Nº: 2.997.432, actuando con el carácter de Sustituta del Procurador General de la República, contra el auto dictado por el referido Tribunal en fecha 16 de enero de 1992, mediante el cual declaró “SIN LUGAR los argumentos de la demandada y CON LUGAR las observaciones señaladas por los apoderados actores”.
En fecha 18 de marzo de 1992, se dio cuenta a la Corte, se designó ponente a la Magistrada Hildegard de Sansó y se fijó el décimo (10º) día de despacho siguiente para el inicio de la relación de la causa.
En fecha 22 de abril de 1992, la Abogada Nelly Merjaneh Chakour, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 13.192, actuando con el carácter de sustituta del Procurador General de la República, consignó escrito de fundamentación de la apelación.
En fecha 28 de abril de 1992, comenzó la relación de la causa.
En fecha 29 de abril de 1992, se dio inicio al lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación a la apelación interpuesta.
En fecha 06 de mayo de 1992, finalizó el lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación a la apelación interpuesta.
En fecha 07 de mayo de 1992, comenzó el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de las pruebas, el cual venció el 14 de mayo de 1992.
En fecha 10 de junio de 1992, tuvo lugar el acto de informes, dejándose constancia de la incomparecencia de las partes.
El 10 de junio de 1992, la Corte dijo “Vistos”.
En fecha 22 de abril de 1992, se constituyó la Corte quedando integrada de la siguiente manera: Presidente: Magistrado Jesús Caballero Ortiz; Vicepresidente: Magistrada Belén Ramírez Landaeta, y Magistrados: José Agustín Catalá, Alexis Pinto D`Ascoli y Gustavo Urdaneta Troconis.
En fecha 11 de junio de 1992, la Corte se abocó al conocimiento de la causa, reasignando la ponencia a la Magistrada Alexis Pinto D`Ascoli.
En fecha 19 de octubre de 2005, se constituyó esta Corte de la siguiente manera: Javier Sánchez Rodríguez, Presidente; Aymara Vilchez Sevilla, Vicepresidente y Neguyen Torres López, Juez.
En fecha 15 de febrero de 2006, esta Corte se abocó al conocimiento de la causa, reasignando la ponencia al Juez Javier Sánchez Rodríguez.
En fecha 18 de diciembre de 2008, quedó conformada la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de la manera siguiente: Andrés Eloy Brito, Juez Presidente; Enrique Sánchez, Juez Vicepresidente y María Eugenia Mata, Jueza.
En fecha 16 de septiembre de 2009, esta Corte se abocó al conocimiento de la causa, y reasignó la ponencia al Juez ENRIQUE SÁNCHEZ, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
En fecha 1º de octubre de 2009, se pasó el expediente al Juez Ponente.
En virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional del Abogado Efrén Navarro, quedó reconstituida la Junta Directiva mediante sesión de fecha 20 de enero de 2010, de la siguiente manera: ENRIQUE SÁNCHEZ, Juez Presidente, EFRÉN NAVARRO, Juez Vicepresidente y MARÍA EUGENIA MATA, Juez.
En fecha 25 de enero de 2010, esta Corte se abocó al conocimiento de la causa.
Examinadas las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir el presente asunto previa las siguientes consideraciones:
ÚNICO
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, observa esta Corte que desde el 10 de junio de 1992, fecha en la cual se dijo “Vistos” hasta la presente fecha, no existe actuación alguna de la parte recurrida instando a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia acerca del mérito de la causa, existiendo por tanto una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento del interés, por lo que conforme a lo establecido en la sentencia N° 956 de fecha 01 de junio de 2001, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (caso: Fran Valero González), se ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, si ello fuera posible, o en su defecto mediante la fijación de un cartel en la sede de este Órgano Jurisdiccional, para que comparezca dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, a fin de manifestar su interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por esta Corte, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
El Juez Presidente,
ENRIQUE SÁNCHEZ
Ponente
El Juez Vicepresidente,
EFRÉN NAVARRO
La Juez,
MARÍA EUGENIA MATA
La Secretaria,
MARJORIE CABALLERO
Exp. No. AP42-R-1992-012945
ES/