CAUSA N° 1379-07

RESOLUCION POR LA CUAL SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR CUMPLIMIENTO DE LA CONCILIACION


JUEZ TITULAR: DRA. ADDA MARITZA BAEZ

IMPUTADOS: LUIS ALEJANDRO MARTINEZ DUGARTE

FISCALIA: DRA. NATACHA LOPEZ
Nº 111

DEFENSA PRIVADA: DR. FERNANDO ENRIQUE QUINTERO


Visto que en fecha 03 de marzo de 2010, la representante de la Fiscalía 111° del Ministerio Público, presentó solicitud de Sobreseimiento Definitivo, en la causa seguida al ciudadano LUIS ALEJANDRO MARTINEZ DUGARTE, signada con la nomenclatura 1379-07, este Tribunal, en uso de las atribuciones que le confiere la ley, previo a emitir la presente resolución, observa:

I

IDENTIFICACION DEL ADOLESCENTES

LUIS ALEJANDRO MARTINEZ DUGARTE, venezolano, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº 21.284.935, fecha de nacimiento 06-09-91, de 18 años de edad, de oficio estudiante, residenciado en cuarta avenida, entre tercera y cuarta transversal, edificio 474, apartamento 1-A, Los Palos Grandes, Chacao.
II

LOS HECHOS QUE MOTIVARON LA INVESTIGACION

La investigación se inició en fecha 10-10-2006 mediante denuncia interpuesta por el ciudadano Francesco Giussepe Tudesco Zito, ante la sub-delegación Chacao, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, quienes dejaron constancia de lo siguiente: “…Vengo a este Despacho a denunciar al ciudadano Luis Alejandro Martínez Dugarte, de 14 años de edad, quien el día 5 de los corrientes agredió a mi hijo José Antonio Tedesco Mata, de 14 años de edad, en momentos en que mi hijo salía del Colegio Santa Gema, ubicado en Santa Eduvigis, logrando lesionarlo en el pómulo izquierdo y la ceja del mismo lado…”

III

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Conforme dispone el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niños y Adolescentes, “Si el adolescente cumple las obligaciones pactadas en el plazo fijado, el Fiscal del Ministerio Público solicitará al Juez de Control el sobreseimiento definitivo. En caso contrario, presentara acusación”. En el caso de autos, observamos que el ciudadano Luis Alejandro Martínez Dugarte, ha cumplido con las obligaciones pactadas en la Audiencia de Conciliación celebrada en fecha 21-09-09 y habiendo transcurrido íntegramente el lapso de seis (06) meses, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento Definitivo, conforme lo prevé el citado artículo 568.