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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintidós de marzo de dos mil diez
 199º y 150º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005176
 PARTE ACTORA: MARIA JOSEFINA OJEA NOVOA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CASTO MARTIN MUÑOZ MILANO, STALIN RODRIGUEZ, ANA MARIA MARIHCALES
 PARTE DEMANDADA: FUNDACION DE EDIFICACION Y DOTACIONES EDUCATIVAS FEDE
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CHERYL NARVAEZ
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el dia de hoy, veintidós (22) de Marzo de 2010, siendo las 12:00 m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar,  comparecieron a la misma la abogada CHERYL NARVAEZ inscrita en el IPSA bajo el Nº 94.476 en su condición de apoderado de la parte demandada; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 199 °.
 La Juez
 
 
 Abg. Yolimar Ávila
 
 
 La apoderada de la parte demandada
 
 
 
 
 
 La Secretaria
 
 
 
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