| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
 Caracas, 23 de marzo de 2010
 199º y 151º
 ASUNTO: AP51-S-2010-003826
 Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio 05, del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos GLORIA RENE MEDINA PORRAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.549.451 y JOSE ALBERTO BERNAL HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.061.977. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la niña y a la ciudadana ALNA’IR DE LAS MERCEDES GARCIA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.148.894, hija y cónyuge del De Cujus LUIS GUILLERMO ROMERO DUARTE, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.570.439, quien falleció en fecha 02 de junio de 2009; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
 Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 ABG. SARA GUARDIA SOTO.
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. ADRIANA MIRELES
 
 |