REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinticuatro (24) de marzo de 2010.
Años 199º y 150º


Vista la diligencia suscrita en fecha 22 de marzo de 2010, por la abogada, Judith Cartaya, inscrita el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.784, parte querellante, mediante la cual solicitó la notificación a la Corporación Macizo del Este, C.A, parte querellada, a través de cartel de conformidad con lo establecido en el articulo 233 de Código de Procedimiento Civil; Este Tribunal acuerda lo solicitado ordenándose su notificación para ser publicado en el Diario Últimas Noticias, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 euisdem. Líbrese el respectivo cartel.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretaria

Richard Mata



VJGJ/RM/kl
EXP. Nº 9240







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, veinticuatro (24) de marzo de 2010.-
Años 199° Y 151°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la Corporación Macizo del Este, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de septiembre de 1984, bajo el Nº 58, Tomo 34-A-Sgdo, o a sus apoderados Judiciales Abogados, Nelson Figallo, Raúl Hernández, Prisca Malave, Luís Acuña, Manuel Ramos y Thea Sichini, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 823, 15.5869, 21.555, 23.134, 57.871 y 71.625; respectivamente, parte querellada, que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 23 de julio de 2008; que cursa en el expediente N° 9240, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Interdicto de Obra Nueva, sigue en su contra Expansión, Centro Educativo Para Personas con Retardo Mental, Asociación Civil, sin fines de lucro; Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

VGJ/RM/kl
Exp: 9240