REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Tres (03) de marzo de 2010.
Años 199º y 150º
Vista la diligencia suscrita en fecha 01 de marzo de 2010, por la abogada, Norka M. Zambrano R., inscrita el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.700, parte demandada, mediante la cual solicitó la notificación de la sociedad mercantil Seguro Mercantil, C.A, parte actora, a través de cartel de conformidad con lo establecido en el articulo 233 de Código de Procedimiento Civil; Este Tribunal acuerda lo solicitado ordenándose su notificación para ser publicado en el Diario Últimas Noticias, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 euisdem. Líbrese el respectivo cartel.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretaria
Richard Mata
VJGJ/RM/kelly
EXP. Nº 9878
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, Tres (03) de marzo de 2010.-
Años 199° Y 151°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil Seguro Mercantil, C.A, o a sus apoderados Judiciales Abogados, José Alberto Pico Sotillo, Gustavo Rafael Vivas López, Cristina Do Couto Alves Capela y Elsa Leonor Rabaina Certad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 16.290, 17.265, 31. 597 y 84.037; respectivamente, parte actora, que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 09 de diciembre de 2009; que cursa en el expediente N° 9878, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Cobro de Bolívares, sigue en contra de los ciudadanos Jorges Díaz Carmona y Víctor José Guzmán Figueredo; Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/RM/kl
Exp: 9878