REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ocho (08) de marzo de 2010.
Años: 199º y 151º


Vista la diligencia suscrita en fecha 05 de marzo de 2010, por la abogada Ana María Fernández Fuenmayor, inscrita el Inpreabogado bajo el Nº 23.440, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada, sociedad mercantil Inmobiliaria 88 S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de septiembre de 1988, bajo el Nº 19, Tomo 70-A., en la persona de su apoderada judicial, abogada María Verónica Matheus, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.025, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2008, mediante cartel de notificación para ser publicado en el Diario Últimas Noticias, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese el respectivo cartel de notificación. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se libró cartel de notificación.
El Secretario,

Richars Domingo Mata
VJGJ/RDM/edward
EXP. Nº 9439
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ocho (08) de marzo de 2010.-
Años 199° Y 151°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil Inmobiliaria 88 S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de septiembre de 1988, bajo el Nº 19, Tomo 70-A., en la persona de su apoderada judicial, abogada María Verónica Matheus, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.025; que de conformidad con lo establecido en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2008; que cursa en el expediente N° 9439, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Ejecución de Hipoteca, sigue en su contra la sociedad mercantil Bancaribe Curacao Bank N.V. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

VGJ/edward
Exp: 9439