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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 Caracas, veintitrés (23) de marzo de 2010.-
 199º y 151º
 
 ASUNTO: 		AP31-S-2009-008303
 SOLICITANTES:       	DILIA ISABEL FERNANDEZ HURTADO, ARTURO JOSÉ FERNANDEZ HURTADO, REGULO ANTONIO FERNANDEZ HURTADO, DILCIA MERCEDES FERNANDEZ HURTADO, CELIA ROSA FERNANDEZ HURTADO y SANTOS LEONEL FERNANDEZ HURTADO
 CAUSANTE: 	JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ FERNANDEZ
 MOTIVO:	DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
 
 Tramitada como ha sido la anterior solicitud, con la evacuación de las justificaciones promovidas, de las ciudadanas Carmen Odalis Mijares Padilla y Angel Ramón Ramírez Betancourt, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad números V- 6.848.224 y V- 6.940.894, respectivamente, quienes de forma conteste respondieron de forma favorable a lo pretendido por los solicitantes, las preguntas contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente, según consta de las actas levantadas al respecto; en cuyo expediente cursan además los recaudos presentados por los solicitantes, que son: 1) Copia certificada de Acta de Defunción Nº 70, del ciudadano JOSÉ ARTURO FERNANDEZ FERNANDEZ, fallecido el 12-04-2009, quien fuera venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V- 947.313, y de quien se declaró que era viudo de la ciudadana DILIA HURTADO DE FERNANDEZ y que dejaba 7 hijos mayores de edad, de nombres: Dilia Isabel, Arturo José, Regulo Antonio, Dilcia Mercedes, Cilia Rosa y Santos Leonel; 2)  Copia Simple del Acta de Defunción Nro 213, de la ciudadana DILIA HURTADO DE FERNANDEZ, quien fuera venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 434.015, fallecida el 07-03-1980; 3) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos JOSÉ ARTURO FERNANDEZ FERNANDEZ y DILIA HURTADO; 4) Copia simple del Acta de Nacimiento de JOEL DARIO, presentado el 13 de Junio de 1966, como hijo de los ciudadanos Dilia Hurtado de Fernández y Arturo José Fernández; 5) Copia  simple del Acta de Defunción del ciudadano JOEL DARIO FERNANDEZ HURTADO, fallecido en fecha 9-12-1994; 6) Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nro. 666 del ciudadano ARTURO JOSÉ;  7) Copia Certificada del acta de Nacimiento Nro. 549 del ciudadano REGULO ANTONIO; 8) Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nro. 308 de la ciudadana DILIA ISABEL; 9) Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nro 1311 de la ciudadana DILCIA MERCEDES;  10) Copia Simple del Acta de Nacimiento Nro. 549 del  ciudadano SANTOS LEONEL; todos presentados como hijos de los ciudadanos JOSÉ ARTURO FERNANDEZ FERNANDEZ y DILIA HURTADO de FERNÁNDEZ. Analizadas las evacuaciones señaladas, así como los documentos indicados, todos relacionados con lo pretendido por los solicitantes, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de JOSÉ ARTURO FERNANDEZ FERNANDEZ, fallecido ab intestato el 12 de Abril  de 2009, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 941.313,  a los ciudadanos  DILIA ISABEL FERNANDEZ HURTADO, ARTURO JOSÉ FERNANDEZ HURTADO, REGULO ANTONIO FERNANDEZ HURTADO, DILCIA MERCEDES FERNANDEZ HURTADO, CELIA ROSA FERNANDEZ HURTADO y SANTOS LEONEL FERNANDEZ HURTADO, titulares de la Cédula de Identidad números V-6.446.044, V- 6.427.522, V- 6.446.045, V- 6.288.712,  V- 6.288.713 y V- 11.159.332. Devuélvanse las actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión. De conformidad a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la expedición de las copias certificadas que sean solicitadas por los interesados o sus apoderados judiciales, antes del retiro del expediente, previa consignación de la diligencia por la cual sean solicitadas y de los demás recaudos pertinentes. Cúmplase.-
 LA JUEZ TITULAR,
 
 
 
 ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO
 LA SECRETARIA ACC.,
 
 
 
 
 ABG. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
 
 
 En la misma fecha, (23-03-2010), siendo las  (10:35) de la mañana, se publicó la anterior decisión.
 LA SECRETARIA ACC,
 
 
 
 ABG. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
 Ade***
 
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