REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 1° de marzo de 2010
199° y 150°

Visto el escrito presentado el diecisiete (17) de febrero de 2010, por el abogado Alejandro Poletti, actuando en su condición de apoderado judicial de la Corporación Venezolana de Guayana (C.V.G.), en el que opone las cuestiones previas previstas en los ordinales 4, 6 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal abre el lapso de cinco (5) días de despacho a que se contraen los artículos 350 y 351 del Código de Procedimiento Civil a los fines de la sustanciación de las cuestiones previas opuestas por la parte demandada.
La Juez de Sustanciación,

Belén Serpa Blandín
El Secretario,

Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-G-2009-000057