REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 5
Caracas, veinticinco de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2009-012034
Vistas y revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente asunto en especial el acta de fecha 18 de marzo de 2010, en la cual consta la aceptación al cargo de Curador Especial, por parte del ciudadano RICARDO RAFAEL REYES RINCON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.540.269; este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, DISCERNIR en el ciudadano RICARDO RAFAEL REYES RINCON, antes identificado, el cargo de CURADOR ESPECIAL, en beneficio de los Adolescentes JESUS FELIPE, MIGUEL ENRIQUE y CAROLINA HERRERA BETHENCOURT, titulares de las Cédulas de identidad números V-20.801.537, V-20.801.541 y V-25.545.070. Expídanse por Secretaria las copias certificadas que sean requeridas por los interesados de la presente decisión así como del escrito de solicitud, una vez sean consignados los fotostatos requeridos por la solicitante. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Abg. JURAIMA JAUREGUI ARAQUE.
Abg. YELITZA GUARAMACO
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