REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Sección Adolescente
Carora, 12 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP11-D-2009-000103
ARCHIVO JUDICIAL
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, visto el Auto que puso fin al proceso dictado por el Tribunal de Control No-01 del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente, Extensión Carora, en fecha 09 de Marzo de 2010 se remite a este despacho y, En fecha 08 de Marzo del año en curso el Ministerio Público presenta solicitud de Sobreseimiento Definitivo en la Causa seguida a Ciudadano Investigado RESERVADO, titular de la cédula de identidad No V- RESERVADO, venezolano, nacido el RESERVADO, de RESERVADO años de edad, grado de instrucción RESERVADO, residenciado RESERVADO hijo de RESERVADO y RESERVADO; de conformidad con lo establecido en el Articulo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por remisión expresa del articulo 537 aparte único de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Como señalamos en los elementos de derecho que una vez analizadas y valoradas en su totalidad las pruebas ofrecidas y evacuados se llego a la presente decisión, por cuanto no cursa solicitud de bienes u objetos para entrega en el presente procedimiento y firme como está la Decisión dictada; éste Tribunal en Función de Ejecución EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Terminado el presente Procedimiento, y ordena la de las presentes actuaciones al ARCHIVO JUDICIAL para su custodia y conservación. Notifíquese a las partes de lo decidido. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCION
ABG. ELEUSIS STULME
SECRETARIA DE SALA
ABOG. ESTHER LA CRUZ