Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, presentada por la Fiscal 15° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a instancia de la ciudadana EDIMAR DEL CARMEN BETANCOURT GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.590.019,mediante el cual solicita inserción de apellido en la Partida de Nacimiento del niño IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 65 LOPNNA, quien fue inscrito por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Estado Lara, inserta bajo el Acta N° 913, folio 464, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2000, el Tribunal le da entrada, lo admite y observa:
Riela al folio 04 copia certificada de la partida de nacimiento del padre del beneficiario de autos ciudadano JAIME JOSÉ GIL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.022.609, la cual fue asentada en la alcaldía del Municipio Manuel Morillo del Municipio Torres del Estado Lara bajo el Nro. 197 folio 99 del libro de nacimiento del año 1971; donde se observa que fuè asentado el reconocimiento paterno en fecha 11 de abril del 1985 del ciudadano JAIME JOSÉ GIL GONZALEZ padre del niño IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 65 LOPNNA.
Riela al folio 05 copia simple de la cedula de identidad del ciudadano JAIME JOSÉ GIL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.022.609 expedida en fecha posterior al reconocimiento efectuado por el padre del referido ciudadano.
Riela al folio 03 copia certificada de la partida de nacimiento del niño IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 65 LOPNNA, quien fue inscrito por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Estado Lara, inserta bajo el Acta N° 913, folio 464, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2000.





Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como son Partida de Nacimiento del niño de autos, copia certificada de la partida de nacimiento del padre del beneficiario de autos ciudadano JAIME JOSÉ GIL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.022.609, la cual fue asentada en la alcaldía del Municipio Manuel Morillo del Municipio Torres del Estado Lara bajo el Nro. 197 folio 99 del libro de nacimiento del año 1971; donde se observa que fuè asentado el reconocimiento paterno en fecha 11 de abril del 1985 así como, la copia simple de la cedula de identidad del ciudadano JAIME JOSÉ GIL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.022.609 expedida en fecha posterior al reconocimiento efectuado por el padre del referido ciudadano.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil y en concordancia con lo previsto en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, ORDENA la inserción del primer apellido del padre del niño siendo lo correcto asentar IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 65 LOPNNA, cuya partida quedo inscrito por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Estado Lara, inserta bajo el Acta N° 913, folio 464, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2000.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 01 días del mes de marzo del dos mil Diez. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

La Juez de la Sala Nro. 3



Abg. Alida Villasana Andueza
La Secretaria



ASUNTO : KP02-S-2009-014022
AVA/liliana