REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: KP02-S-2008-008006

Vista la solicitud presentada por la ciudadana REYNA COROMOTO RIVERO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 7.332.071, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 4 con Avenida 3, casa S/N, vía Rió Claro, Sector Oreganal, Parroquia Juarez, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (900 MTS2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la calle 4 que es su frente SUR: Con Terreno vacio, ESTE: Con Avenida 2 OESTE Con Terreno vacio. Dichas bienhechurias consiste en una cerca pe5rimetral de alambre de puas y estantillos y una vivienda unifamiliar, con paredes de bahareque y techo de zinc, piso de tierra apisonada, árboles frutales. El valor invertido es la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 3.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ESTANISLAO FIGUEREDO Y JUSTINIANO FREITEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana REYNA COROMOTO RIVERO, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PEREZ




LA SECRETARIA


ELIANA HERNÁNDEZ SILVA



MJP/Carlos