Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: JUDITH COROMOTO RODRIGUEZ PEREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.877.817, asistida por la abogada AURA GRACIELA ESCALONA inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°127.586, en el cual solicita la rectificación del acta de defunción de su cónyuge ciudadano ALI RAFAEL DORANTE YANEZ inserta en los libros llevados por ante el Registro Principal y la Jefatura Civil de la Parroquia CATEDRAL del Estado Lara, bajo el N°,1403 folio S/N de fecha de 31 de mayo del año 2007 toda vez que se incurrió en error en que fue errado el estado civil de su cónyuge como SOLTERO siendo lo correcto CASADO A tal efecto, acompaña la solicitud, fotocopia de la cedula de identidad de la solicitante y de su cónyuge y de igual manera acta de matrimonio de la solicitante se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa:






U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y