REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO


Valencia, 09 de marzo 2010 Años: 199° y 151°

Vista la diligencia presentada el 08 de marzo 2010 por el abogado Carlos Miguel Garrido Martínez, cédula de identidad V-7.149.808, Inpreabogado N° 78.418, con carácter de apoderado judicial de ALFARERIA CERÁMICA UNIDA, S. A., (ACUSA), parte querellante, mediante la cual desiste del procedimiento de la querella funcionarial interpuesta contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante. Archívese el expediente.

El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,


GREGORY BOLIVAR

Exp. N° 13.159.

OLU/ioana.
Diarizado N° ______.