REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diez de marzo de dos mil diez
199º y 151º
Nº de expediente: GP02-L-2008-001748
Parte demandante: MIGUEL ANTONIO ZAPATA
Apoderada judicial de la parte demandante: Abogada: FRANCIS ALFONZO MARIN inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 54.825
Parte Demandada:
Apoderado Judicial de la parte Demandada:
RUEDAS DE ALUMINIO C.A
Abogado: MANUEL BELLERA inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 10.902
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy diez de marzo de dos mil diez siendo las 11:30 am oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: RUEDAS DE ALUMINIO C.A compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial HERZELEIN SAAVEDRA inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 135.532. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 151°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
El Compareciente
LA SECRETARIA