REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintitrés de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: GP02-L-2010-000495
DEMANDANTE: DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ SILVA
DEMANDADA: BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Vista la diligencia que antecede, de fecha 22 de Marzo de 2010, suscrita por el ciudadano DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ SILVA, titular de la cédula de identidad N.° 2.520.219, asistido por la abogada ILIANA C. FERNANDEZ CACERES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 126.107, actuando con el carácter acreditado en autos, mediante la cual Desiste de la presente demanda, de Cobro de Prestaciones Sociales, Indemnización por Enfermedad Ocupacional y Otros Conceptos Laborales, contra la demandada BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C.A. por lo que le solicita al tribunal, Homologue el Desistimiento en los términos indicados.
Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA


Abg. MARY ANNE MUGUESSA.