REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticuatro de marzo de dos mil diez
199º y 151

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-001652.
PARTE ACTORA: YORBI MANUEL GRATEROL. NO ACUDIO.
ABOGADOS APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ZOILA MUJICA LISCANP
PARTE DEMANDADA: FEBRICA NACIONAL DE PAÑALES DESECHABLES C.A
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: .DANIEL JOSE SANOJA Y MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN Inscritos en el Inpreabogado Nº 122.235 y 122.235, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 24 de Marzo del 2010 siendo las 8:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia de Juicio, este Juzgado deja constancia de LA INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS, COMO LO ES: GRATEROL YORBI MANUEL , titular de la cédula de identidad No. 15.038.650, por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÒN .Se deja expresa de la comparecencia de la demandada en las personas de su apoderados judiciales: DANIEL JOSÈ SANOJA, MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN . Inscritos en el Inpreabogado Nº 122.235 y 107.058, respectivamente.

Publíquese y Regístrese la presente decisión, el dìa 24 de Marzo de 2010.

La Juez

Abg. CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL


LA SECRETARIA

Abg. ANMARIELLY HENRIQUEZ













DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez




Abg. Carola de la Trinidad Rangel