REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO SEGUNDO CIRCUITO CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO PORTUGUESA.
Ospino, 18 de Mayo de 2010.
200º y 151º.
Vista la anterior diligencias, presentada por el Abg. RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO, en su carácter de apoderado Judicial de la Empresa INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA S.A. (HERMO S.A), este Tribunal Da por Terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente, al igual que la devolución de los documentos originales y en su lugar se deja copia fotostática certificada de los mismos. Así se decide.
La Juez
FDO. COPIA
Abg. JUDITH REVEROL POCATERRA
La Secretaria Accidental
FDO. COPIA
Abg. Naida Aguirre
Expediente N° 987-2010.