REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO SEGUNDO CIRCUITO CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO PORTUGUESA.


Ospino, 18 de Mayo de 2010.
200º y 151º.



Vista la anterior diligencias, presentada por el Abg. RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO, en su carácter de apoderado Judicial de la Empresa INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA S.A. (HERMO S.A), este Tribunal Da por Terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente, al igual que la devolución de los documentos originales y en su lugar se deja copia fotostática certificada de los mismos. Así se decide.

La Juez
FDO. COPIA
Abg. JUDITH REVEROL POCATERRA


La Secretaria Accidental

FDO. COPIA

Abg. Naida Aguirre


Expediente N° 987-2010.