PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 14 de mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO : PP01-S-2010-000286

Visto el convenimiento celebrado en fecha 12-05-2010 por ante la Fiscalía IV del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y la Familia entre los ciudadanos JIMMY ANTONIO MENDOZA REINOSO y MILEIDIS AMADA PÉREZ LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.703.878 y 14.865.712, respectivamente, sobre el establecimiento del RÉGIMEN DE CONVIVENVIA FAMILIAR, en beneficio de los niños ..........., de ocho (08) y tres (03) años de edad, respectivamente, donde el padre buscará a sus hijos en el hogar de la madre cada 15 días a partir del viernes a las 05:00 p.m. y los entregará en esa misma dirección los domingos a las 05:00 p.m., e igualmente convienen en que cada semana el padre buscará a los niños los días miércoles a las 05:00 p.m. en el hogar de la madre y los llevará al Colegio el día; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

La Juez Temporal,

Abg. Lenny Coromoto Márquez Suárez

La Secretaria,

Abg. Andreina Marrelli Palencia
LCMS/amp/Clarisel m.-