PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 25 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO: PP01-S-2010-000296
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos FRANK LEONARDO CONTRERAS y YELY DE JESÚS ALVAREZ HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad N° 11.124.934 y 15.526.210 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, sobre la fijación de ACUERDO DE CUSTODIA TEMPORAL, en beneficio de los niños ......................................., de nueve (09) y siete (07), años de edad, respectivamente, la cual ha sido fijada de la siguiente manera: “El padre ejercerá la custodia de sus hijos, como lo ha venido haciendo desde hace aproximadamente un (01) año, hasta que los mismos padres o el Tribunal modifiquen lo anterior”. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Hirbeth Figuera de Henríquez
Ma. Alexandra. -
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