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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Juez Unipersonal Nro. 11
 Caracas, 13 de Mayo de 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-S-2010-007346
 Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto contentivo de solicitud de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar y los recaudos que le acompañan, presentado por la Defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y de los Adolescentes del Municipio Sucre del Estado Miranda, debidamente acreditada bajo el N° 115; suscrito por los ciudadanos JHONGER LEONIDAD CAPOTE ESPINOZA y FRANDYS DEL VALLE VASQUEZ ASTUDILLO ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.874.116 y V- 18.080.486, respectivamente, en favor de su hijo (…), este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en los mismos términos y condiciones expresados en dicha solicitud y HOMOLOGA el convenio de Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por ambos progenitores en Acta de fecha 01/02/2010, en todas y cada una de sus  partes, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y con fuerza ejecutiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaría copias certificadas del Acta de Convenio, con inserción del presente auto y fórmese un solo cuerpo, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Cúmplase con lo ordenado.-
 LA JUEZ,
 LA SECRETARIA,
 Abg. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
 Abg. SORAYA ANDRADE
 
 DRC/SA/Freddy Molina
 
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