REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 12 DE MAYO DE 2010.-
Años 200° Y 151°
Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de marzo de 2010, por la abogada Valentina Badiola Purroy, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.597, mediante la cual solicita sea librada cartel de notificación vista de la imposibilidad de realizar la notificación a la parte demandada ciudadanos Rodolfo Navarro Díaz, Héctor Augusto Navarro Díaz, Cecilia de Navarro y Aracelis Cecilia Navarro Díaz. En consecuencia este Tribunal ordena la notificación a los ciudadanos antes señalados, mediante cartel de notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RM/kelly
EXP. N° 9854
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 12 DE MAYO DE 2010.-
Años 200° Y 151°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos RODOLFO NAVARRO DIAZ, HECTOR AUGUSTO NAVARRO DIAZ, CECILIA DE NAVARRO Y ARACELIS CECILIA NAVARRO DIAZ, titulares de la cédula de identidad números V- 5.427.913, 3.714.184, 259.637 y 5.427.914, respectivamente o/a su apoderada judicial abogada Beatriz Achicoque, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.897, parte demandada; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 03 de febrero de 2010; que cursa en el expediente N° 9854, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Ejecución de Hipoteca, sigue en su contra Corporación Modalta, C.A; Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/RM/kelly
Exp: 9854