REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de mayo de 2010.
Años: 200º y 151º
Vista la diligencia presentada en fecha 12 de mayo de 2010, por el abogado Gerardo Fink-Finowicki, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.352, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana Raquel Teresa Rodríguez Mendible, mediante la cual solicita una copia certificada del auto que homologa el desistimiento de fecha 03.05.2010, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría una copia certificada del auto de homologación del desistimiento de fecha 03.05.2010, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se acordó copia certificada.-
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
Exp Nº 9068
VGJ/RDM/Edward.-