REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de Mayo de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-R-2010-000596

PARTE ACTORA: EULOGIO ARMANDO GONZÁLEZ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.925.898.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARÍA SUAZO SUAREZ, IDELSA MÁRQUEZ BORJAS, MARÍA A. MENDOZA y SONIA PIMENTEL abogadas en ejercicio inscritas en el IPSA bajo los números 63.41, 91.213, 199.082 y 122.082 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: LA TABERNA DE FELIX, C.A. sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 30/01/2004, bajo el Nº 74, Tomo 864-A.

PODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN L. MARTÍNEZ MARÍN, REYNALDO MARTÍNEZ DÍAZ, ALFREDO VELASQUEZ FLORES y RAFAEL QUINTERO ALCALA, abogados en ejercicio, inscritos en el IPSA bajo los números 26.697 y 10.725, 92.832 Y 123.658 respectivamente.

MOTIVO: Apelación interpuesta por la parte actora y demandada respectivamente, contra sentencia dictada en fecha 13/04/2010, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró Parcialmente con lugar la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano EULOGIO GONZALEZ en contra de la empresa RESTAURANT LA TABERNA DE FELIX.

Recibidos los autos en fecha 05/05/2010, se dio cuenta a la Jueza Titular de éste Juzgado, sin embargo, el día 07/05/2010, este Tribunal recibió oficio N° 3351/2010 emanado del juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito, el cual contiene comprobante de recepción de documento y de la diligencia suscrita por la apoderada judicial de la parte actora, la Dra. MARIA SUAZO, mediante la cual desiste del recurso de apelación interpuesto, en fecha 21/04/2010 contra la sentencia de fecha 13/04/2010, dictada por el mismo Tribunal.

En fecha 21/04/2010, la parte actora recurrente, la Dra. MARIA SUAZO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 63.410, consigna diligencia, mediante la cual solicita el desistimiento del presente recurso de apelación, en virtud del desistimiento solicitado, este Juzgado HOMOLOGA la misma, en consecuencia declara desistido el presente recurso de apelación. Así se establece.

Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la apoderada judicial de la parte actora, Dra. MARIA SUAZO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA l N° 63.410 en contra de la sentencia dictada en fecha 13/04/2010, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró Parcialmente con lugar la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano EULOGIO GONZALEZ en contra de la empresa RESTAURANT LA TABERNA DE FELIX.


No hay condenatoria en costas a la parte actora del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los diez (10) días del mes de Mayo del año dos mil diez (2010). Años: 199º y 150º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.

LA JUEZA
Dra. GRELOISIDA OJEDA

LA SECRETARIA
Abg. YAIROBI CARRASQUEL


Nota: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión.


LA SECRETARIA
Abg. YAIROBI CARRASQUEL