REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Carora)
Carora, 25 de mayo de 2010
200º y 151º



ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2010-000030


Visto el escrito presentado por el ciudadano JAVIER LUZARDO ESCALANTE PATIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 4.472.661; (folio 01), mayor de edad, venezolano, venezolano, residenciado en Maracaibo, Estado Zulia, en su condición de Apoderado de la Firma Mercantil SERVICIO DE TRANSPORTE PESADO PETROLERO, C. A (SERTRANSPECA), tal como se evidencia de Instrumento Poder, autenticando por ante la Notaría Pública de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, del Estado Monagas, en fecha 06/10/2005, anotado bajo el Nº 69, Tomo 22, solicitando le sea entregado el vehículo, propiedad de la referida Firma Mercantil SERVICIO DE TRANSPORTE PESADO PETROLERO, C. A (SERTRANSPECA), de las siguientes Características: PLACA: 229DBU; MARCA: MACK, MODELO: R-611SXV, AÑO: 1976, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: R611SXV18285, SERIAL DE MOTOR: ET6735Y7062; este Juzgado Décimo en Funciones de Control, para decidir observa:

Consta en autos que el vehículo en referencia fue retenido por un procedimiento realizado por funcionarios adscritos a la G.N.B.V , el día 08 de septiembre de 2009 en el punto de control, ubicado en las Palmitas de la Carretera Lara Zulia, cuando retiene un vehiculo PLACA: 229DBU; MARCA: MACK, MODELO: R-611SXV, AÑO: 1976, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: R611SXV18285, SERIAL DE MOTOR: ET6735Y7062; quien al practicarle una revisión a los seriales identificadores del mismo se pudo dictaminar que el referido vehiculo presenta EL SERIAL DE CARROCERIA FALSO, se coloca a la orden de la Fiscalía Octava del Ministerio Publico, Estado Lara. Se niega la entrega por la Fiscalía, Motivo por el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, el solicitante acude ante este Órgano Jurisdiccional Competente. Al igual, consta en Autos documentos de propiedad del bien solicitado, además del escrito original (folio 47), emanado de la Fiscalía 8º del Ministerio Público, en el cual se acordó NEGAR la entrega del vehículo en referencia, tomando en cuenta lo establecido en el Artículo 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, que vista la incertidumbre que se presenta con el vehículo, al arrojar la experticia resultados negativos.

Cursa en el folio 35 Informe de Reconocimiento Peritaje Mecánico y Diseño practicada por el experto JESUS GREGORIO CAMEJO ANDRADES, Adscrito a U.E.V.T.T.T Nº 51 Lara, con sede en Carora, de un vehículo PLACA: 229DBU; MARCA: MACK, MODELO: R-611SXV, AÑO: 1976, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: R611SXV18285, SERIAL DE MOTOR: ET6735Y7062; donde dejaron constancia de siguientes conclusiones:
1º Posee Chapa en paral de la puerta izquierda se encuentra FALSA.
2º Serial identificador de chasis se encuentra ORIGINAL.
3º Serial Identificador de motor se encuentra ORIGINAL.
4º Porta dos placa Identificadoras.
5º Presenta cambio de Motor.

Cursa al folio 42 y 43 Experticia de Reconocimiento Legal practicada por el experto Jiménez Castillo Primitivo, Adscrito al CICPC, con sede en Carora, con sede en Carora, de un vehículo PLACA: 229DBU; MARCA: MACK, MODELO: R-611SXV, AÑO: 1976, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: R611SXV18285, SERIAL DE MOTOR: ET6735Y7062; donde dejaron constancia de siguientes conclusiones:

1º Serial del DASH PANEL de la Carrocería se encuentra FALSA.
2º Serial identificador de chasis se encuentra ORIGINAL.
3º Serial Identificador de motor se encuentra ORIGINAL.

En la Nota: señalan que el vehículo antes señalado fue verificado ante el sistema computarizado Guarico, donde se constató, que fue recuperado y entregado en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, con fecha 12/09/1991.

Cursa al folio 33 y 34 Informe Pericial, respecto a la originalidad o falsedad de Certificado de Registro de Vehículo, en la cual se concluye que el referido certificado presenta las siguientes características: Número de Titulo 3411371, formato Nº R611SXV18285-2-1, a nombre de SERV. TRANS. PESADO PETROLERO RIF. J 30372582 1. ES ORIGINAL.

Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante que es JAVIER LUZARDO ESCALANTE PATIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 4.472.661; (folio 01), mayor de edad, venezolano, residenciado en Maracaibo, Estado Zulia, en su condición de Apoderado de la Firma Mercantil SERVICIO DE TRANSPORTE PESADO PETROLERO, C. A (SERTRANSPECA), tal como se evidencia de Instrumento Poder, autenticando por ante la Notaría Pública de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, del Estado Monagas, en fecha 06/10/2005, anotado bajo el Nº 69, Tomo 22, aunado a que de las resultas de las experticias realizadas al mencionado vehículo las mismas nos indican que estamos en presencia de un vehiculo.

1º Posee Chapa en paral de la puerta izquierda se encuentra FALSA.
2º Serial identificador de chasis se encuentra ORIGINAL.
3º Serial Identificador de motor se encuentra ORIGINAL.
4º Porta dos placa Identificadoras.
5º Presenta cambio de Motor.

DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 10 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA PLENA del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano, JAVIER LUZARDO ESCALANTE PATIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 4.472.661; (folio 01), mayor de edad, venezolano, residenciado en Maracaibo, Av. 19ª, C/C 95, S/LA FLORIDA, BARRIO SAN JOSÉ Nº 95C-10, Estado Zulia, en su condición de Apoderado de la Firma Mercantil SERVICIO DE TRANSPORTE PESADO PETROLERO, C. A (SERTRANSPECA), tal como se evidencia de Instrumento Poder, autenticando por ante la Notaría Pública de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, del Estado Monagas, en fecha 06/10/2005, anotado bajo el Nº 69, Tomo 22. Segundo: Oficiar al Estacionamiento “INVERSIONES CUPERTINA C. A” que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo: PLACA: 229DBU; MARCA: MACK, MODELO: R-611SXV, AÑO: 1976, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: R611SXV18285, SERIAL DE MOTOR: ET6735Y7062; al mencionado ciudadano JAVIER LUZARDO ESCALANTE PATIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 4.472.661. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZ DECIMA DE CONTROL
ABG. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO.



LA SECRETARIA