En fecha 16 de octubre de 2009, se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal de Barquisimeto, el Oficio Número 0900-2306, de fecha 30 de septiembre de 2009, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remitió expediente contentivo del recurso de apelación ejercido por el abogado PEDRO DANIEL LÓPEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.918, actuando como apoderado judicial de la ciudadana GLADYS LANDAETA, titular de la cédula de identidad No. 3.856.039, contra la sentencia definitiva dictada por el referido Juzgado en fecha 28 de junio de 2009, por medio del cual declara con lugar la demanda por resolución de contrato, en el asunto principal Nro. KP02-V-2008-001858, interpuesta por el abogado CARLOS GONZALO SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.093, actuando como apoderado judicial del ciudadano JOB C. MENDOZA A., titular de la cédula de identidad Nº 3.050.224, contra la ciudadana GLADYS LANDAETA, antes identificada.