REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-V-2009-001188


Por cuanto de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de DECLARATORIA DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana NANCY COROMOTO LOPEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.579.691, de este domicilio, asistida por el abogado EDGAR SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.827, de este domicilio, contra los ciudadanos EDWAR ALEXANDER VIERA MONTEVERDE, JENNY ELINOR VIERA MONTEVERDE y RAMON ALBERTO VIERA MONTEVERDE, de este domicilio, se observa del acta de defunción del de cujus RAMON ALBERTO VIERA BRANDT que el mismo dejó seis hijos, de los cuales ALBERTO JOSE, CARMEN BEATRIZ y JOSE RAMON, menores de edad, tal como se evidencia en las actas de nacimiento inserta a los folios 4 al 6, concurren en la legitimación pasiva. Esta condición hace que el fuero tenga que ser derogado a un Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, para así garantizar los derechos de los niños y adolescente que puedan estar involucrados. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena remitir el expediente a la Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área civil, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil diez. Años 200° y 151°

La Juez


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria

Eliana Gisela Hernández Silva
Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec
MJP/maria elisa