REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-S-2009-001416

La suscrita Juez Titular Mariluz Josefina Pérez, se avoca al conocimiento de la presente causa. Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA CONSUELO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 2.602.557, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la carrera 1 casa numero 38 final encrucijada alta brisas del roble 2, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400 MTS2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la carrera 1, SUR: Con el señor franklin Milán ESTE: Con la señora Zulay Falcón OESTE Con la señora Yenifer Milan. Dichas bienhechurias consiste en una pieza de bloques de 4x4, techo de zinc, un baño, y pieza mixta de bloques y bahareque. El valor invertido es la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 4.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ANDRES ROJAS Y LUIS CHIRINOS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana MARIA CONSUELO RODRIGUEZ, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PEREZ




LA SECRETARIA


ELIANA HERNÁNDEZ SILVA



MJP/Carlos