Visto el convenimiento efectuado entre las partes en fecha 03-05-2010, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en los términos en que fue expuesto. Asimismo se acuerda suspender la medida de Prohibición de Enajenar y